El abogado es también imprescindible en los divorcios notariales

La Generalitat de Catalunya ha decidido abaratar el divorcio ante notario para las parejas sin hijos, a partir de una nueva bonificación del impuesto de actos jurídicos documentados. En la práctica, según fuentes periodísticas, se elimina el pago del impuesto, en vigor desde el mes de julio del 2015 con la ley de jurisdicción voluntaria, que autorizó a los notarios a firmar divorcios sin acudir a la vía judicial.

El tributo que ahora quedará exento de pago gravaba el 1,5% del valor del patrimonio transferido entre cónyuges en virtud de la separación. DIcha cifra, por su elevado coste, ha actuado en realidad como freno para muchas parejas a la hora de optar por la opción notarial, lo cual las ha decantado por la vía judicial, en la que no debe pagarse ningún impuesto.

Cabe recordar, no obstante, que en ambos procedimientos sigue siendo imprescindible la intervención de un abogado. Cuando el divorcio se tramita ante el juzgado, el letrado se encarga de la elaboración del convenio regulador de la nueva situación de los dos cónyuges, o de la correspondiente demanda si la separación es contenciosa, para su ulterior aprobación por parte del juez. Y en el caso de los divorcios notariales, los letrados deben igualmente redactar el convenio de divorcio, que posteriormente será validado ante un notario.

Los notarios escrituraron 651 divorcios en 2015, el primer año desde la puesta en marcha de su nueva atribución. Los diferentes juzgados de Catalunya resolvieron el pasado año 15.500 divorcios de mutuo acuerdo. De ellos, unos 500 fueron de parejas sin hijos o con hijos mayores de edad.

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