En menores de tan corta edad se puede establecer un régimen de visitas sin pernocta en favor del progenitor no custodio, atendiendo especialmente a la necesidad de dicho menor de ser alimentado por la madre y, en su caso, al comportamiento irresponsable de su pareja que deberá demostrar.
Normalmente la jurisprudencia suele hablar o “poner el filtro” hasta los 3 años de edad.
Lo mejor es acudir a un abogado para que determine un régimen de visitas adecuado a las circunstancias de todas las partes y así fijar claramente el régimen de visitas aplicable.
Fuente: abogae.com