Me quiero casar por lo civil. ¿Es obligado que se en el Ayuntamiento?

Hasta hace escasos días, el matrimonio civil tenía que llevarse a cabo en el Ayuntamiento ante el Alcalde o el Concejal en el que éste delegase.

Otra cosa era la práctica. Los miembros de los consistorios locales se permitían licencias y no sólo casaban en dependencias municipales, sino que de una forma un tanto irregular también tenían acuerdos con restaurantes y locales que se dedican a celebrar bodas para que las personas que decidían realizar la celebración de su matrimonio en su negocio tuvieran una ceremonia completamente válida. La forma de proceder es la siguiente: el Alcalde o el Concejal que se encargue del oficio va con los papeles (que no debían salir del Ayuntamiento) al lugar donde sea la boda, se realiza la ceremonia, se firman los papeles oficiales y así se consigue la ficción de que el matrimonio se ha realizado en el Ayuntamiento.

Aunque esta situación podría comenzar a ser completamente legal. El pasado jueves 14 de febrero, coincidiendo con San Valentín, la Dirección General de los Registros y del Notariado publicó una Instrucción por la que se autoriza la celebración de matrimonios civiles fuera del local del Ayuntamiento.