El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia, admite que la pareja de hecho del heredero pueda intervenir en calidad de testigo instrumental en los testamentos abiertos otorgados ante notario. De este modo, rechaza aplicar de forma análoga la prohibición para que el cónyuge de la persona designada como heredero pueda participar en estos procedimientos, determinada en los artículos 682 y 697 del Código Civil.

En este caso concreto, y según informó El Economista, la nieta de los testadores reclamó que se declarara la nulidad de sus respectivos testamentos, ya que actuó como testigo instrumental la pareja de hecho de su madre, la heredera.

En principio, el Juzgado de Primera Instancia admitió la demanda argumentando que la pretensión del legislador, en el citado artículo 682, es la de impedir que la voluntad del testador se vea afectada por la intervención de testigos con interés directo o indirecto en el testamento. También añadió que el objeto de la norma tiene el mismo sentido si se trata del cónyuge o la pareja sentimental estable y que la interpretación de las normas debe realizarse de acuerdo con el contexto social.

La Audiencia Provincial de Sevilla admitió posteriormente el recurso de apelación y revocó aquella sentencia de instancia. El motivo: no cabe hacer una interpretación analógica de la prohibición del artículo 682 y, además, subrayó que el Código Civil establece el respeto a la voluntad expresada del testador, a menos que se constate que fue otra. Así, la demandante recurrió en casación la resolución, incidiendo en el argumento de que la interpretación del Código Civil debe adaptarse a la realidad social.

Finalmente, el Tribunal Supremo ha rechazado realizar una interpretación analógica entre el cónyuge y la pareja de hecho, ya que se trata “de figuras o institutos diferenciados en su regulación jurídica”, y ha añadido que “debe darse prevalencia a la voluntad realmente querida por el testador frente a la rigidez o sacralización de solemnidades y formas que, sólo por necesidades de seguridad jurídica, imponen ciertas restricciones o limitaciones a la eficacia de la declaración testamentaria realizada".


La alimentación de una lactante próxima a cumplir un año sufrirá una importante alteración con motivo del régimen de visitas impuesto por el Juzgado de Primera Instancia de Mataró, en el marco de las medidas provisionales establecidas en la demanda de divorcio de sus padres. Si bien ha dictaminado que la guarda y custodia de la niña corresponde a la madre, la magistrada ha remarcado que la potestad es de ambos progenitores, con lo cual varios días a la semana mientras vaya a la guardería, y también durante las vacaciones, la pequeña deberá dormir en casa de su padre. Esta decisión judicial impedirá que la menor se alimente de leche materna como hasta ahora.


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) obliga a los jueces a que escuchen a los hijos de la pareja al discernir sobre la custodia. El Tribunal de Estrasburgo ha condenado a España a indemnizar a una mujer con 6.400 euros por los daños morales sufridos y 2.000 más por las costas judiciales, después de que la Justicia española decretara la custodia compartida de sus hijas.


La Generalitat de Catalunya ha decidido abaratar el divorcio ante notario para las parejas sin hijos, a partir de una nueva bonificación del impuesto de actos jurídicos documentados. En la práctica, según fuentes periodísticas, se elimina el pago del impuesto, en vigor desde el mes de julio del 2015 con la ley de jurisdicción voluntaria, que autorizó a los notarios a firmar divorcios sin acudir a la vía judicial.


España cuenta con la mitad de jueces y fiscales que la media de los estados europeos por cada 100.000 habitantes, según se desprende de los datos del informe 2016, publicado por la Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ). Se trata de un informe que analiza los sistemas de 45 países europeos y las últimas cifras armonizadas se remontan al año 2014, cuando en España había 12 jueces por cada 100.000 habitantes, frente a una media europea establecida en 21 magistrados.